EN CASO DE ENTIDAD FINANCIERA, ADJUNTAR CARTA O MINUTA, SUSCRITA POR LOS REPRESENTANTES Y AUTORIZADA POR ABOGADOS.
MEDIO DE PAGO (DE HABER PRESTAMO O ENTREGA DE DINERO).
Persona Natural
Persona Jurídica
Deudor:
Documento de Identidad del vendedor. En caso de ser casado, deberá intervenir también su cónyuge, identificándose con su documento de identidad, o bajo el régimen de Separación de Bienes, deberá adjuntar la Partida Electrónica original.
Acreedor:
Documento de Identidad del comprador. En caso el comprador sea casado, deberá adjuntar únicamente eldocumento de identidad de su cónyuge, no siendo necesaria su intervención, o bajo el régimen de Separación de Bienes, deberá adjuntar la Partida Electrónica original.
Ejecutor (tercero):
PERSONA NATURAL Documento Nacional de Identidad
Vigencia de poder o copia literal y DNI de representante.
En el caso de persona jurídica:
Copia Literal que expide SUNARP (no más de 30 días) RUC de la empresa. Documento de Identidad del representante.
Especificaciones
Una vez que se cuente con la documentación antes indicada, el asesor la revisará y de ser el caso podrá solicitar documentación adicional.
Montos superiores a S/. 3,500.00 (Tres mil quinientos y 00/100 Nuevos Soles) deberán realizarlo de manera obligatoria a través de cualquier cheque de gerencia no negociable).
Importante
Si usted no cuenta con algún requisito, nosotros podemos gestionar la obtención de los mismos vía internet con las entidades correspondientes.
En el caso de personas jurídicas, verifique la vigencia de poder de sus representantes.